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VIGILANCIA DE EDIFICIOS / MULTIMEDIA

Actividad del tratamiento

VIGILANCIA DE EDIFICIOS E INSTALACIONES MUNICIPALES / MULTIMEDIA

a) Base jurídica

RGPD: 6.1.e) Tratamiento necesario para el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos conferidos al responsable del tratamiento.

Interés público: Seguridad física de los inmuebles municipales y de las personas que trabajan o acceden a los mismos

b) Fines del tratamiento

Garantizar la seguridad de las sedes e instalaciones del Ayuntamiento de Almoradí mediante la videovigilancia perimetral y de los accesos, así como de cámaras en zonas comunes en aquellas instalaciones que se estime necesario.

c) Categorías de Interesados

Personal propio y externo que presta servicio en el Ayuntamiento de Almoradí. Ciudadanos o residentes (personas físicas o representantes de personas jurídicas que acuden a las sedes o instalaciones del Ayuntamiento)

d) Categorías de Datos

Datos Identificativos

e) Categoría destinatarios

Fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado, órganos judiciales, Ministerio Fiscal (Legal)

f) Transf. Internacional

No están previstas transferencias internacionales de los datos.

g) Plazo supresión

En un mes a contar desde la fecha de su recogida.

Identificativos: Entre 0 y 6 meses

h) Medidas de seguridad

Las medidas de seguridad implantadas se corresponden con las previstas en el Anexo II (Medidas de seguridad) del Real Decreto 3/2010, de 8 de enero, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad en el ámbito de la Administración Electrónica y que se encuentran descritas en los documentos que conforman la Política de protección de datos y seguridad de la información del Ayuntamiento de Almoradí

i) Entidad responsable

AYUNTAMIENTO DE ALMORADÍ