Podrán solicitar estas ayudas
Las personas físicas interesadas titulares de un contrato de arrendamiento, de vivienda habitual que se han visto afectadas por pasar a una situación de desempleo, expediente temporal de regulación de empleo (ERTE), o, en caso de ser persona empresaria, que haya reducido su jornada por motivo de cuidados u otras circunstancias similares que supongan una pérdida sustancial de ingresos, a partir del 1 de abril de 2020.
Plazo presentación
Desde 25 de enero de 2021 a las 09:00 horas y permanecerá abierto hasta las 23:59 horas del 30 de octubre de 2021, para la presentación telemática.
Compatibilidad de las ayudas
La ayuda es compatible con cualquier otra ayuda al alquiler que viniere percibiendo la persona arrendataria, incluso si fuera con cargo al propio Plan Estatal de Vivienda 2018-2021, siempre y cuando el total de las ayudas no supere el 100 % del importe del alquiler del mismo período. En caso de superarlo, si la ayuda correspondiente a este programa fuese concedida, se reducirá en la cuantía necesaria hasta cumplir con dicho límite.
Estas ayudas son incompatibles con las ayudas obtenidas para el pago del alquiler al amparo del Decreto 52/2020, de 24 de abril, del Consell, de aprobación de las bases reguladoras para la concesión directa de ayudas para contribuir a minimizar el impacto económico y social de la Covid-19 en los alquileres de vivienda habitual.
Más información: https://www.gva.es/es/web/portal/inicio/procedimientos?id_proc=21392
Concejalía de Vivienda del Ayuntamiento de Almoradí llamando al 965701868.